Servicios de personal y nómina especializada
Empresas que administran y proveen capital humano especializado para terceros.
Magallón Abogados acompaña a empresas en Monterrey y en todo el país en el proceso de obtención y mantenimiento del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados — con precisión técnica, plazos controlados y sin exposición innecesaria al riesgo.
En abril de 2021, el Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma de fondo a la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Infonavit y el Código Fiscal de la Federación, en materia de subcontratación laboral. Esta reforma eliminó el esquema generalizado de outsourcing y estableció un régimen específico para las empresas que prestan servicios o ejecutan obras especializadas, distintas al objeto social de la empresa contratante.
El REPSE no es una formalidad administrativa — es una condición de operación legal. Sin este registro, la empresa que presta servicios especializados no puede celebrar contratos válidos bajo el nuevo régimen, y la empresa contratante no puede deducir fiscalmente los pagos realizados ni acreditar el IVA correspondiente.
La obligación aplica a toda persona moral o física con actividad empresarial cuyo objeto incluya la prestación de servicios o la ejecución de obras especializadas para otras empresas. Entre los casos más frecuentes:
Empresas que administran y proveen capital humano especializado para terceros.
Proveedoras de vigilancia, servicios de aseo industrial o mantenimiento de instalaciones.
Firmas de tecnología, ingeniería o consultoría que operan en sitio del contratante.
Operadores logísticos que prestan servicio bajo contrato dedicado a un cliente.
Firmas de contabilidad, legal, RH u otros que mantienen relación de servicio continua con clientes.
Si su personal realiza actividades dentro de las instalaciones del contratante, aplica la obligación.
La empresa contratante (quien recibe los servicios) no necesita registrarse en el REPSE, pero sí está obligada a verificar que sus proveedores cuenten con registro vigente antes de pagar y deducir fiscalmente los servicios recibidos. Ambas partes tienen responsabilidades bajo el nuevo régimen.
Nuestro proceso está diseñado para eliminar incertidumbres y garantizar que el trámite avance con la mayor eficiencia posible, desde el diagnóstico inicial hasta la gestión del ciclo de vida del registro.
Plazo oficial de resolución por la STPS, sujeto a que el expediente esté completo y sin observaciones.
Analizamos estructura corporativa, objeto social, contratos vigentes y situación actual ante IMSS, INFONAVIT y SAT para determinar si la obligación aplica y cuál es el estado de cumplimiento previo al registro.
Preparamos y revisamos la documentación completa requerida: acta constitutiva, RFC, constancia de situación fiscal, estados de cuenta IMSS e INFONAVIT, cumplimiento de obligaciones patronales y toda la documentación técnica adicional.
Gestionamos el trámite en el portal oficial de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, verificando cada requisito técnico y asegurándonos de que la solicitud cumpla con los estándares actuales del sistema.
Monitoreamos el avance del trámite hasta la emisión del número REPSE. Ante cualquier observación o requerimiento de información adicional por parte de la STPS, actuamos de forma inmediata para no comprometer los plazos.
El REPSE tiene una vigencia de 3 años y debe renovarse de forma obligatoria. Controlamos los vencimientos de nuestros clientes y gestionamos las renovaciones oportunamente, evitando interrupciones en la validez del registro que afecten la operación contractual.
No contar con el registro vigente genera consecuencias tanto para la empresa prestadora como para el contratante que recibe los servicios.
El REPSE tiene consecuencias directas en ISR, IVA, IMSS e INFONAVIT. Nuestro equipo analiza el registro desde todas estas dimensiones simultáneamente, garantizando que el cumplimiento laboral no genere contingencias fiscales inesperadas.
Hemos gestionado el registro REPSE de empresas con estructuras y operaciones diversas en distintos sectores. Conocemos los puntos de quiebre más frecuentes en el trámite y anticipamos observaciones antes de que ocurran.
El REPSE no es un trámite de una sola vez. Gestionamos el ciclo de vida completo del registro, incluyendo renovaciones trienales y actualizaciones ante cambios en la estructura corporativa o en el objeto social de la empresa.
El REPSE — Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas — es un padrón oficial administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), creado mediante la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el DOF el 23 de abril de 2021. Esta reforma eliminó el esquema de subcontratación laboral generalizada (outsourcing) y estableció que solo las empresas registradas en el REPSE pueden celebrar contratos de servicios especializados con terceros de forma legal. El registro debe reflejar las actividades especializadas que la empresa presta, y su validez es de tres años, debiendo renovarse antes de su vencimiento para mantener la continuidad legal de los contratos.
No. La obligación de registrarse en el REPSE recae sobre la empresa prestadora del servicio, no sobre quien lo contrata. Es la empresa de limpieza quien debe contar con registro vigente antes de firmar el contrato. Sin embargo, como contratante, su empresa tiene la obligación de verificar que el proveedor cuente con REPSE activo antes de pagar sus facturas y de solicitar periódicamente comprobantes de cumplimiento de obligaciones de seguridad social. Si no lo hace, puede incurrir en responsabilidad solidaria ante el IMSS e INFONAVIT y perder la deducibilidad del gasto. Magallón Abogados también puede asesorarle en la gestión de cumplimiento de su cadena de proveedores.
El plazo oficial de resolución por parte de la STPS es de 20 días hábiles contados a partir de que la solicitud es presentada con el expediente completo. Sin embargo, en la práctica el tiempo real puede extenderse si existen observaciones a la documentación, si el sistema oficial presenta demoras técnicas o si se requiere información complementaria. Con Magallón Abogados, la etapa previa al envío — integración y revisión del expediente — se realiza con la mayor eficiencia posible para minimizar el riesgo de requerimientos posteriores. Nuestro equipo da seguimiento activo a cada solicitud hasta obtener el número de registro.
El vencimiento del REPSE sin renovación tiene consecuencias inmediatas y en cadena. Los contratos de servicios especializados celebrados con base en ese registro quedan sin respaldo legal bajo el nuevo régimen, lo que significa que las facturas emitidas durante el período de vencimiento no son deducibles del ISR para el contratante y el IVA correspondiente no puede acreditarse. Adicionalmente, el contratante puede quedar expuesto a responsabilidad solidaria ante el IMSS e INFONAVIT por las obligaciones generadas en ese período. Muchos contratos comerciales incluyen cláusulas que permiten la rescisión inmediata del contrato si el proveedor no mantiene el REPSE vigente. Magallón Abogados gestiona proactivamente las renovaciones de sus clientes para evitar que esto ocurra.
Nuestra experiencia con Magallón Abogados ha sido satisfactoria y lo que más nos gusta es su flexibilidad, apoyo constante, su preparación y su conocimiento sobre los temas del REPSE que nos son muy útiles.
Agendemos una reunión para revisar la situación específica de su empresa, evaluar si la obligación aplica en su caso y definir el proceso más conveniente para obtener o renovar su registro ante la STPS.
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