- La NOM-035 obliga a identificar y prevenir factores de riesgo psicosocial y a contar con una política documentada; las obligaciones concretas escalan según el número de trabajadores.
- La NOM-037 regula el teletrabajo: exige lista de verificación de condiciones de seguridad en el domicilio, política de teletrabajo y el suministro de equipo por parte del patrón.
- En una inspección de la STPS lo que se revisa es evidencia documental fechada y firmada, no la buena intención de la empresa.
Las Normas Oficiales Mexicanas en materia laboral dejaron de ser un tema exclusivo de industrias de alto riesgo. Dos de ellas alcanzan hoy a prácticamente cualquier centro de trabajo, incluidas oficinas y esquemas remotos.
NOM-035: factores de riesgo psicosocial
Su objeto es identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, y promover un entorno organizacional favorable. En términos prácticos aborda cargas de trabajo excesivas, jornadas que exceden lo previsto, falta de control sobre el trabajo, violencia laboral y las condiciones que derivan de acontecimientos traumáticos severos.
Las obligaciones escalan según el tamaño del centro de trabajo. Con carácter general, se espera que la empresa cuente al menos con:
- Una política de prevención de riesgos psicosociales, documentada y difundida.
- Un mecanismo para identificar a trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos.
- Medidas de prevención y acciones de control.
- Un procedimiento para recibir y atender quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y por actos de violencia laboral.
- Difusión de la información a los trabajadores.
- Registros de todo lo anterior.
Los centros de trabajo con más trabajadores asumen además la obligación de aplicar cuestionarios de evaluación y, en su caso, exámenes médicos cuando se identifican casos.
NOM-037: teletrabajo
Deriva de la reforma que incorporó el teletrabajo a la Ley Federal del Trabajo y aplica cuando la persona presta servicios en un domicilio distinto al centro de trabajo más de un porcentaje relevante de su jornada.
Sus exigencias centrales:
- Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud del lugar donde se realiza el teletrabajo, incluyendo instalación eléctrica, iluminación, ventilación y ergonomía del puesto.
- Política de teletrabajo documentada.
- Suministro por el patrón del equipo necesario, incluida silla ergonómica y los insumos de trabajo.
- Pago proporcional de los costos de electricidad y conexión a internet.
- Respeto al derecho a la desconexión al final de la jornada.
- Capacitación y mecanismos de contacto y supervisión que no invadan la privacidad.
Lo que revisa un inspector
Esta es la parte que conviene interiorizar: en una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no se evalúa el clima laboral de la empresa ni su cultura. Se revisa evidencia documental. Concretamente:
- La política, por escrito, con fecha.
- Constancias de difusión a los trabajadores, firmadas.
- Resultados de las evaluaciones aplicadas y las medidas adoptadas a partir de ellas.
- El procedimiento de quejas y el registro de las que se hayan presentado y cómo se atendieron.
- Para teletrabajo, la lista de verificación por cada persona y el registro de entrega de equipo.
Una empresa puede tratar excelentemente a su gente y aun así ser sancionada, si no puede demostrarlo con documentos.
Cómo prepararse sin volverlo un proyecto interminable
Empiece por un diagnóstico honesto de qué existe y qué falta. Priorice lo documental, que es lo primero que se revisa. Integre los formatos a los procesos que ya tiene, en lugar de crear una burocracia paralela: la lista de verificación de teletrabajo cabe en el proceso de alta de personal, y la difusión de la política cabe en la inducción.
Este artículo tiene fines informativos. Los montos, umbrales y plazos cambian; recomendamos verificar el texto vigente publicado en el Diario Oficial de la Federación antes de tomar una decisión.